COMPARECIENTES
POR UNA PARTE, [RAZÓN SOCIAL], sociedad [TIPO] organizada conforme a las leyes de Guatemala, con domicilio en [DIRECCIÓN], inscrita en el Registro Mercantil al número [#], folio [#], libro [#], NIT [NIT], representada por [NOMBRE], DPI [DPI], según [acta notarial / mandato] de fecha [FECHA], inscrita al número [#], folio [#], libro [#]; a quien en lo sucesivo se denominará 'EL EX PATRONO'.
Y POR LA OTRA PARTE, [NOMBRE COMPLETO], de [EDAD] años, [ESTADO CIVIL], [NACIONALIDAD], [PROFESIÓN], con domicilio en [DIRECCIÓN], identificado con DPI [DPI], NIT [NIT], a quien se denominará 'EL EX TRABAJADOR'.
Los comparecientes con plena capacidad legal convienen lo siguiente.
CONSIDERANDOS
I. Que entre las partes existió relación laboral del [FECHA INICIO] al [FECHA TERMINACIÓN], en el cargo de [CARGO], devengando salario mensual de Q[SALARIO].
II. Que la relación laboral terminó por causa de [DESPIDO DIRECTO / DESPIDO INDIRECTO / OTRA].
III. Que las partes desean cuantificar y pagar las prestaciones laborales adeudadas y evitar litigio.
CLÁUSULAS
PRIMERA: CUANTIFICACIÓN DE PRESTACIONES
Las partes reconocen y cuantifican las siguientes prestaciones a favor de EL EX TRABAJADOR: (a) Indemnización por tiempo de servicio (Art. 82): Q[MONTO]; (b) Aguinaldo proporcional: Q[MONTO]; (c) Bono 14 proporcional: Q[MONTO]; (d) Vacaciones no gozadas: Q[MONTO]; (e) Salarios pendientes: Q[MONTO]; (f) Otras: Q[MONTO]. TOTAL: Q[TOTAL].
SEGUNDA: FORMA DE PAGO
[OPCIÓN A: El total se paga en este acto al contado mediante [transferencia / cheque #...] / OPCIÓN B: El total se pagará en [#] cuotas [mensuales] de Q[MONTO] cada una, los días [DÍA] de cada mes, iniciando el [FECHA], mediante transferencia a la cuenta [DATOS BANCARIOS]].
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⬇ Descargar .docxTERCERA: MORA E INTERESES
El incumplimiento de cualquier cuota generará interés moratorio del [#]% anual y facultará a EL EX TRABAJADOR a exigir el saldo total inmediatamente.
CUARTA: TÍTULO EJECUTIVO
El presente convenio con firmas legalizadas notarialmente constituye título ejecutivo conforme al Art. 327 inc. 1 del CPCM, sin necesidad de reconocimiento judicial.
QUINTA: FINIQUITO
Recibidos los pagos pactados, EL EX TRABAJADOR otorgará finiquito amplio y definitivo declarando satisfechas todas las prestaciones derivadas de la relación laboral, sin que ello implique renuncia a derechos irrenunciables (Art. 12).
SEXTA: DEVOLUCIÓN DE BIENES
EL EX TRABAJADOR devolvió / devolverá en este acto el equipo y demás bienes propiedad de EL EX PATRONO.
SÉPTIMA: NO PERSECUCIÓN
Una vez completado el pago, ninguna de las partes promoverá ni continuará acciones judiciales o administrativas relacionadas con la relación laboral, sin perjuicio de los derechos irrenunciables del trabajador.
OCTAVA: LEGALIZACIÓN NOTARIAL
Las partes legalizan sus firmas ante notario en este acto.
NOVENA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
DÉCIMA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
DÉCIMA PRIMERA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
DÉCIMA SEGUNDA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA TERCERA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA CUARTA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA QUINTA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] PAGO PARCIAL EN ESPECIE
Parte del pago (Q[MONTO]) se realiza mediante la entrega del vehículo / equipo [DESCRIPCIÓN], valuado de común acuerdo.
[OPCIONAL] RENUNCIA RECÍPROCA
Las partes se otorgan mutua y recíproca renuncia a cualquier acción, sin perjuicio de los derechos irrenunciables del trabajador.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ [REPRESENTANTE LEGAL] EL EX PATRONO [RAZÓN SOCIAL]
_________________________________ [NOMBRE] EL EX TRABAJADOR DPI: [NÚMERO]
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base legal: Arts. 76, 82, 87 del Código de Trabajo.
• Irrenunciabilidad de derechos laborales (Art. 12) — el finiquito solo libera respecto de lo correctamente pagado, no de lo que se hubiere omitido.
• Indemnización por tiempo de servicio: un mes de salario por cada año laborado, proporcional por fracción de año (Art. 82). Base de cálculo: promedio de salarios ordinarios y extraordinarios del último semestre.
• Aguinaldo y Bono 14 proporcionales si la relación termina antes de devengarlos completos.
• Vacaciones no gozadas se compensan en dinero solo a la terminación de la relación (Art. 137).
• Reporte ISR si las sumas superan umbrales. Indemnización NO afecta IGSS.
• Si hay despido directo, EL PATRONO debe haber respetado el Art. 78 (proceso).
• Legalización notarial recomendada para constituir título ejecutivo (Art. 327 CPCM).
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ Hoja de cálculo de prestaciones detallada y firmada por contador
☐ DPI vigente del trabajador
☐ Comprobantes de pagos previos
☐ Documentos de despido o renuncia
☐ Acta de devolución de equipo
☐ Comprobante de transferencia / cheque
☐ Legalización notarial de firmas
☐ Notificación de baja al IGSS
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.