COMPARECIENTES
POR UNA PARTE, [NOMBRE COMPLETO], de [EDAD] años, [ESTADO CIVIL], [NACIONALIDAD], [PROFESIÓN U OFICIO], con domicilio en [DIRECCIÓN], identificado con Documento Personal de Identificación (DPI) número [DPI] extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAP), NIT [NIT], a quien en adelante se denominará 'EL EX CONVIVIENTE'.
Y POR LA OTRA PARTE, [NOMBRE COMPLETO], de [EDAD] años, [ESTADO CIVIL], [NACIONALIDAD], [PROFESIÓN U OFICIO], con domicilio en [DIRECCIÓN], identificado con DPI número [DPI], NIT [NIT], a quien en adelante se denominará 'LA EX CONVIVIENTE'.
Ambas partes manifiestan tener la capacidad legal suficiente para celebrar el presente contrato y convienen en las siguientes cláusulas.
CONSIDERANDOS
I. Que las partes declararon su Unión de Hecho mediante [escritura / acta] inscrita en el RENAP partida [#], folio [#], libro [#].
II. Que han decidido poner fin a su unión por mutuo consentimiento.
CLÁUSULAS
PRIMERA: DECLARACIÓN DE CESE
Las partes declaran cesada de común acuerdo su Unión de Hecho a partir de la fecha del presente instrumento.
SEGUNDA: LIQUIDACIÓN DE BIENES
Conforme al régimen económico declarado, se realiza la siguiente liquidación: [DETALLE].
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⬇ Descargar .docxTERCERA: HIJOS
Sobre los hijos comunes [NOMBRES Y EDADES], las partes acuerdan: patria potestad conjunta, guarda y custodia con [PADRE/MADRE], régimen de visitas, pensión alimenticia (igual al convenio de divorcio).
CUARTA: INSCRIPCIÓN
El presente cese se inscribirá en el RENAP.
QUINTA: DERECHOS LEGALES
Las partes pierden los efectos sucesorios y demás derechos derivados de la unión, salvo los derechos consolidados antes del cese.
SEXTA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
SÉPTIMA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
OCTAVA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
NOVENA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA PRIMERA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] PENSIÓN COMPENSATORIA
Si una parte dedicó tiempo al hogar, podrá recibir compensación.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ [NOMBRE COMPLETO] EL EX CONVIVIENTE DPI: [NÚMERO]
_________________________________ [NOMBRE COMPLETO] LA EX CONVIVIENTE DPI: [NÚMERO]
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base legal: Art. 183 CC.
• El cese puede ser por: (a) mutuo acuerdo; (b) matrimonio de uno con persona distinta; (c) sentencia judicial; (d) muerte.
• El cese voluntario consta en escritura pública.
• Inscripción en RENAP.
• Liquidación conforme al régimen económico de la unión.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ Acta original de unión de hecho
☐ DPI
☐ Inventario de bienes
☐ Inscripción RENAP
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.