COMPARECIENTES
En la Ciudad de [CIUDAD], el [DÍA] de [MES] del año [AÑO], ANTE MÍ, [NOMBRE DEL NOTARIO], comparecen: [PRIMER SOCIO] y [SEGUNDO SOCIO] [y los socios adicionales — máximo 20 socios conforme al Art. 79], con los datos personales completos que se consignan, a quienes doy fe de conocer. Manifiestan ser su libre voluntad CONSTITUIR UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA en los siguientes términos.
CONSIDERANDOS
I. Que los comparecientes tienen capacidad legal y deciden asociarse bajo la forma de sociedad de responsabilidad limitada.
II. Que cumplen los requisitos del Código de Comercio.
CLÁUSULAS
PRIMERA: DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL
La sociedad se denominará '[RAZÓN SOCIAL]', SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que puede abreviarse 'S. DE R.L.' o 'LIMITADA'. La razón social podrá formarse con el nombre de uno o más socios seguido de 'y Compañía Limitada' (Art. 80).
SEGUNDA: DOMICILIO
Tendrá su domicilio en [CIUDAD], pudiendo establecer sucursales en el país y el extranjero.
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⬇ Descargar .docxTERCERA: OBJETO
El objeto será: [DESCRIPCIÓN].
CUARTA: PLAZO
Plazo indefinido, contado desde la inscripción definitiva en el Registro Mercantil.
QUINTA: CAPITAL Y APORTES
El capital social es de Q[MONTO], dividido en aportaciones de Q[MONTO] cada una, INTEGRALMENTE PAGADAS al momento de la constitución, distribuidas así: [SOCIO 1]: Q[MONTO] / [#]%; [SOCIO 2]: Q[MONTO] / [#]%. Los socios responden únicamente hasta el monto de sus respectivos aportes (Art. 78).
SEXTA: ADMINISTRACIÓN
La administración corresponde a [un Gerente / un Consejo de Gerentes / todos los socios]. Los administradores podrán ser socios o no. Designación inicial: [NOMBRE], DPI [#], como Gerente con representación legal.
SÉPTIMA: ASAMBLEA DE SOCIOS
Las decisiones se toman en Asamblea de Socios. Quórum: socios que representen más del 50% del capital. Mayoría: la mitad más uno del capital presente, salvo asuntos que requieran unanimidad por la ley o este pacto.
OCTAVA: CESIÓN DE APORTES
Las aportaciones solo pueden cederse con el consentimiento UNÁNIME de los demás socios (Art. 84), salvo que el pacto social disponga otra cosa. Los demás socios tendrán derecho de preferencia para adquirir las aportaciones cedidas.
NOVENA: EJERCICIO SOCIAL
Del 1 de enero al 31 de diciembre. Estados financieros aprobados por la Asamblea Ordinaria anual.
DÉCIMA: UTILIDADES
5% a reserva legal hasta el 15% del capital. El resto se distribuye entre los socios en proporción a sus aportaciones, salvo decisión en contrario.
DÉCIMA PRIMERA: DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Conforme al Código de Comercio. Causas de disolución incluyen además de las generales: muerte de un socio si así se pacta (Art. 237 inc. 5).
DÉCIMA SEGUNDA: CONTROVERSIAS
Arbitraje de la CRECIG conforme a su reglamento.
DÉCIMA TERCERA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
DÉCIMA CUARTA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
DÉCIMA QUINTA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
DÉCIMA SEXTA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA SÉPTIMA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA OCTAVA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA NOVENA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] RETIRO DE SOCIOS
Cualquier socio podrá retirarse mediante aviso con 90 días, recibiendo el valor de su aportación según último balance aprobado.
[OPCIONAL] EXCLUSIÓN DE SOCIO
Podrá excluirse al socio que: (a) deje de cumplir aportes adicionales; (b) incumpla deberes graves; (c) sea declarado en quiebra o concurso.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ [SOCIO 1] DPI: [#]
_________________________________ [SOCIO 2] DPI: [#]
_________________________________ NOTARIO
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base legal: Arts. 78–85 del Código de Comercio.
• MÁXIMO 20 SOCIOS (Art. 79).
• Capital pagado al 100% en la constitución (Art. 81).
• Forma: escritura pública.
• Inscripción en Registro Mercantil; edicto en Diario de Centro América.
• Responsabilidad limitada al aporte (Art. 78).
• Razón social puede incluir nombre de socio (Art. 80) — si se incluye, la responsabilidad de ese socio podría considerarse ilimitada bajo ciertas circunstancias.
• Cesión de aportes requiere CONSENTIMIENTO UNÁNIME salvo pacto en contrario.
• Es la forma común para empresas familiares y profesionales por su flexibilidad.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ Certificación de denominación
☐ DPI/NIT de socios (máximo 20)
☐ Comprobante del aporte (100% pagado)
☐ Designación del Gerente
☐ Pago de aranceles RM
☐ Edicto en DCA
☐ NIT y patente de comercio
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.