COMPARECIENTES
POR UNA PARTE, [RAZÓN SOCIAL], sociedad [TIPO: anónima / de responsabilidad limitada] organizada conforme a las leyes de Guatemala, con domicilio en [DIRECCIÓN], inscrita en el Registro Mercantil General de la República al número [#], folio [#], del libro [#] de [Sociedades / Comerciantes], NIT [NIT], patente de comercio número [#], representada en este acto por [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL], de [EDAD] años, [ESTADO CIVIL], [NACIONALIDAD], [PROFESIÓN], identificado con DPI [DPI], quien acredita su personería con [acta notarial de nombramiento / mandato] de fecha [FECHA], autorizada por el Notario [NOMBRE], inscrita en el Registro Mercantil al número [#], folio [#], del libro [#] de Auxiliares de Comercio; a quien en lo sucesivo se denominará 'SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT)'.
Y POR LA OTRA PARTE, [RAZÓN SOCIAL], sociedad [TIPO] con domicilio en [DIRECCIÓN], inscrita en el Registro Mercantil al número [#], folio [#], libro [#], NIT [NIT], representada por [NOMBRE], DPI [DPI], según [acta notarial / mandato] de fecha [FECHA], inscrita al número [#], folio [#], libro [#]; a quien se denominará 'EL CONTRIBUYENTE'.
Ambas partes, por medio de sus representantes legales y con las facultades necesarias, convienen lo siguiente.
CONSIDERANDOS
I. Que EL CONTRIBUYENTE tiene obligaciones tributarias líquidas y exigibles por la suma total de Q[MONTO], integradas por: ISR Q[#]; IVA Q[#]; multas e intereses Q[#]; mora Q[#].
II. Que el contribuyente ha solicitado facilidades de pago conforme al Art. 40 del Código Tributario.
III. Que la SAT, evaluada la capacidad económica, ha resuelto otorgarlas.
CLÁUSULAS
PRIMERA: MONTO ADEUDADO
Se reconoce adeudo total de Q[MONTO TOTAL], integrado en la liquidación adjunta como Anexo A, distribuido por impuesto, multa, mora e intereses.
SEGUNDA: CRONOGRAMA DE PAGO
EL CONTRIBUYENTE pagará el adeudo en [#] cuotas mensuales fijas de Q[MONTO], los primeros [#] días de cada mes, iniciando el [FECHA] y finalizando el [FECHA]. Los intereses se siguen devengando sobre el saldo insoluto.
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⬇ Descargar .docxTERCERA: INTERESES Y RECARGOS
Sobre el saldo insoluto se causarán intereses al tipo legal vigente (Art. 58 Código Tributario). Los recargos por mora se causan adicionalmente.
CUARTA: GARANTÍAS
El convenio se garantiza con: [opciones: (a) hipoteca sobre inmueble [DESCRIPCIÓN]; (b) prenda sobre [BIEN]; (c) fianza bancaria #[#] del banco [NOMBRE]; (d) póliza de fianza emitida por [ASEGURADORA]].
QUINTA: VENCIMIENTO ANTICIPADO
El incumplimiento de cualquier cuota dará por vencido el plazo, exigiéndose el saldo total con intereses y costas, sin necesidad de declaración. La SAT podrá iniciar el procedimiento de cobro coactivo.
SEXTA: OBLIGACIONES ACCESORIAS
Durante la vigencia del convenio, EL CONTRIBUYENTE se obliga a: (a) cumplir puntualmente con las obligaciones tributarias corrientes; (b) presentar declaraciones periódicas; (c) mantener al día sus libros contables; (d) informar a SAT cambios en datos del RTU.
SÉPTIMA: EFECTOS
La suscripción del convenio: (a) suspende el procedimiento económico coactivo; (b) interrumpe la prescripción; (c) constituye reconocimiento del adeudo. NO implica condonación del adeudo principal.
OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
NOVENA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
DÉCIMA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
DÉCIMA PRIMERA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA SEGUNDA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA TERCERA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA CUARTA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] CUOTAS ESCALONADAS
Alternativamente, las cuotas serán progresivas: Q[A] los primeros 6 meses; Q[B] los siguientes 6 meses; Q[C] los últimos 6 meses.
[OPCIONAL] DESCUENTO POR PAGO ANTICIPADO
Si EL CONTRIBUYENTE paga el saldo total anticipadamente, se descontará el [#]% de los intereses pendientes.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ [REPRESENTANTE LEGAL] SAT (REPRESENTANTE) [RAZÓN SOCIAL]
_________________________________ [REPRESENTANTE LEGAL] EL CONTRIBUYENTE [RAZÓN SOCIAL]
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base legal: Art. 40 del Código Tributario (Dto. 6-91) y reformas; Reglamento SAT.
• Las facilidades de pago no implican condonación del adeudo principal ni extinción de la deuda.
• Causa intereses corrientes y moratorios sobre el saldo.
• Garantía obligatoria si el adeudo excede los umbrales fijados por SAT.
• Procedimiento: solicitud → análisis de capacidad → aprobación → convenio.
• Plazo máximo: hasta 18 meses para casos típicos; mayores requieren autorización especial.
• Incumplimiento causa vencimiento anticipado y cobro coactivo.
• Aplicable a impuestos administrados por SAT: ISR, IVA, ISO, ISC, derechos arancelarios.
• No aplicable a tributos municipales (procedimientos distintos).
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ Liquidación SAT firme
☐ Solicitud de facilidades de pago
☐ Estados financieros del contribuyente
☐ Flujo de caja proyectado
☐ Garantías propuestas y valuación
☐ Estado de obligaciones corrientes al día
☐ RTU actualizado
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.