COMPARECIENTES
En la ciudad de [CIUDAD], departamento de [DEPARTAMENTO], República de Guatemala, el día [DÍA] de [MES] de [AÑO], comparecen ante el Notario [NOMBRE DEL NOTARIO], en su oficina profesional ubicada en [DIRECCIÓN]:
POR UNA PARTE, [NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR], de [EDAD] años de edad, [ESTADO CIVIL], [NACIONALIDAD], [PROFESIÓN U OFICIO], con domicilio en [DIRECCIÓN COMPLETA], identificado(a) con DPI número [CUI/DPI] extendido por el RENAP, con NIT [NIT], a quien en adelante se denominará "EL VENDEDOR".
Y POR LA OTRA PARTE, [NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR], de [EDAD] años de edad, [ESTADO CIVIL], [NACIONALIDAD], [PROFESIÓN U OFICIO], con domicilio en [DIRECCIÓN COMPLETA], identificado(a) con DPI número [CUI/DPI] extendido por el RENAP, con NIT [NIT], a quien en adelante se denominará "EL COMPRADOR".
Ambas partes manifiestan ser de los datos de identificación personal anteriormente consignados, hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, y que por el presente instrumento celebran CONTRATO DE COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE, conforme a las siguientes cláusulas:
CONSIDERANDOS
I. Que EL VENDEDOR es legítimo propietario del bien inmueble que se describe en la cláusula PRIMERA, según consta en el Registro General de la Propiedad de Guatemala bajo la finca número [FINCA], folio [FOLIO], del libro [LIBRO] de [DEPARTAMENTO].
II. Que el inmueble se encuentra libre de gravámenes, anotaciones, embargos, limitaciones de dominio y demás cargas registrales, según certificación reciente del RGP que se incorpora al presente.
III. Que EL VENDEDOR ha cumplido con todas las obligaciones tributarias y municipales relativas al inmueble, incluyendo el Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI) hasta el período actual.
IV. Que EL COMPRADOR ha inspeccionado físicamente el inmueble, revisado la documentación legal y registral, y manifiesta su voluntad libre y soberana de adquirirlo.
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO Y DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE
EL VENDEDOR vende, cede y transfiere a favor de EL COMPRADOR, quien acepta y adquiere para sí, el siguiente bien inmueble: finca número [FINCA], folio [FOLIO], del libro [LIBRO] de [DEPARTAMENTO], ubicado en [DIRECCIÓN COMPLETA], con un área de [ÁREA EN LETRAS] metros cuadrados ([ÁREA EN NÚMEROS] mts²), con las siguientes medidas y colindancias: NORTE: [MEDIDA] mts con [COLINDANCIA]; SUR: [MEDIDA] mts con [COLINDANCIA]; ORIENTE: [MEDIDA] mts con [COLINDANCIA]; PONIENTE: [MEDIDA] mts con [COLINDANCIA]. La venta comprende todas las construcciones, mejoras, accesorios, servidumbres activas y demás derechos inherentes al inmueble. En adelante denominado "EL INMUEBLE".
SEGUNDA: PRECIO
El precio total de la venta es la suma de [PRECIO EN LETRAS] QUETZALES (Q [PRECIO EN NÚMEROS]), que EL COMPRADOR pagará a EL VENDEDOR conforme a la cláusula siguiente. Las partes declaran que dicho precio corresponde al justo valor de mercado de EL INMUEBLE y renuncian expresamente a invocar la rescisión por lesión enorme prevista en el Art. 1592 del Código Civil.
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⬇ Descargar .docxTERCERA: FORMA DE PAGO
EL COMPRADOR paga el precio así: (a) Q [CANTIDAD] en este acto, mediante cheque de caja número [NÚMERO] del [BANCO] / transferencia electrónica, sirviendo el presente contrato como el más amplio recibo y finiquito por dicha suma; y (b) el saldo de Q [CANTIDAD] en [FORMA Y PLAZO DE PAGO DEL SALDO]. En caso de financiamiento bancario, el banco acreditará directamente a EL VENDEDOR el monto correspondiente. La mora generará intereses moratorios del [TASA]% mensual y facultará a EL VENDEDOR a rescindir el contrato.
CUARTA: ENTREGA Y POSESIÓN
EL VENDEDOR entrega en este acto a EL COMPRADOR la posesión real, material y jurídica de EL INMUEBLE, libre de ocupantes, inquilinos, comodatarios y de cualquier tercero que alegue derechos sobre el mismo. La entrega comprende llaves, planos, manuales, garantías vigentes y demás documentos accesorios. (Alternativamente: la entrega se realizará el [FECHA] en el estado en que actualmente se encuentra).
QUINTA: SANEAMIENTO Y GARANTÍAS DEL VENDEDOR
EL VENDEDOR garantiza expresamente a EL COMPRADOR: (i) la plenitud de su derecho de propiedad sobre EL INMUEBLE; (ii) la inexistencia de gravámenes, hipotecas, anotaciones, embargos, limitaciones de dominio o reclamos de terceros; (iii) el pago al día del IUSI, tasas municipales, servicios públicos y cualquier otro tributo o cargo relacionado con EL INMUEBLE; (iv) el saneamiento por evicción y vicios ocultos, conforme a los Arts. 1543 a 1571 del Código Civil. Cualquier pasivo anterior a la fecha del presente contrato será asumido por EL VENDEDOR.
SEXTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
EL VENDEDOR se obliga a: (i) suscribir la escritura pública correspondiente; (ii) comparecer ante notario; (iii) entregar toda la documentación necesaria para la inscripción registral; (iv) responder por evicción y vicios. EL COMPRADOR se obliga a: (i) pagar el precio íntegro y oportuno; (ii) asumir los gastos de escrituración, honorarios notariales, timbres, impuestos de traspaso e inscripción en el RGP (salvo pacto en contrario); (iii) asumir el IUSI a partir de la fecha de inscripción.
SÉPTIMA: GASTOS, IMPUESTOS Y TRIBUTOS
Los gastos del presente contrato se distribuyen así: (i) honorarios notariales: a cargo de [VENDEDOR/COMPRADOR/AMBOS]; (ii) Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% sobre la primera venta de inmuebles realizada por contribuyente registrado (Art. 3 Decreto 27-92) o, alternativamente, el Impuesto de Timbres Fiscales del 3% (Decreto 37-92) cuando no aplica IVA: a cargo de EL [VENDEDOR/COMPRADOR]; (iii) inscripción en el Registro General de la Propiedad: a cargo de EL COMPRADOR; (iv) IUSI causado hasta la fecha: a cargo de EL VENDEDOR.
OCTAVA: INCUMPLIMIENTO Y RESCISIÓN
En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones, la parte cumplida podrá optar entre exigir el cumplimiento forzoso o la rescisión del contrato, con indemnización de daños y perjuicios. Se pacta cláusula penal del [PORCENTAJE]% del valor del contrato a cargo de la parte incumplida, sin perjuicio de los daños mayores comprobables.
NOVENA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia derivada del presente contrato será sometida primero a negociación directa por un plazo de [PLAZO] días. De no resolverse, las partes podrán optar por arbitraje administrado por la CRECIG o por la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de [CIUDAD], renunciando al fuero de su domicilio.
DÉCIMA: MODIFICACIONES Y NOTIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato será válida solo si consta por escrito y firmada por ambas partes. Las notificaciones se harán a las direcciones consignadas en el preámbulo, o a las que las partes notifiquen oportunamente por escrito.
DÉCIMA PRIMERA: LEGISLACIÓN APLICABLE Y FORMA SOLEMNE
El presente contrato se rige por el Código Civil de Guatemala (Decreto Ley 106), el Código de Notariado (Decreto 314), la Ley del IUSI (Decreto 15-98), la Ley del IVA (Decreto 27-92), la Ley de Timbres Fiscales (Decreto 37-92) y demás leyes aplicables. Las partes reconocen que la compraventa de inmuebles requiere ESCRITURA PÚBLICA (Art. 1576 CC) para su validez frente a terceros e inscripción en el Registro General de la Propiedad.
DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN INTEGRAL
Las partes, enteradas del contenido, alcances, efectos legales y obligaciones del presente contrato, lo aceptan en todas sus partes y se obligan a su fiel cumplimiento, declarando que no media error, dolo, violencia, intimidación ni vicio alguno del consentimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] CLÁUSULA OPCIONAL: HIPOTECA PARA GARANTIZAR EL SALDO
Para garantizar el pago del saldo de precio, EL COMPRADOR constituye en este mismo acto primera hipoteca a favor de EL VENDEDOR sobre EL INMUEBLE, por la cantidad de Q [MONTO], más intereses, costas y gastos, hipoteca que deberá inscribirse en el RGP de manera simultánea con la inscripción del dominio. Esta hipoteca se cancelará automáticamente al pago total del saldo.
[OPCIONAL] CLÁUSULA OPCIONAL: PACTO COMISORIO
En caso de falta de pago del saldo dentro del plazo convenido, EL VENDEDOR podrá rescindir de pleno derecho el presente contrato, recuperando la posesión del inmueble y reteniendo el [PORCENTAJE]% de los pagos recibidos en concepto de indemnización por daños y por el uso del inmueble durante el período de tenencia.
[OPCIONAL] CLÁUSULA OPCIONAL: SERVIDUMBRE Y DERECHOS DE PASO
EL VENDEDOR declara que sobre EL INMUEBLE pesan/no pesan las siguientes servidumbres activas o pasivas: [DESCRIBIR SERVIDUMBRES], las cuales se mantendrán inalteradas tras la venta.
[OPCIONAL] CLÁUSULA OPCIONAL: CONDICIÓN SUSPENSIVA
El perfeccionamiento del presente contrato queda sujeto a la condición suspensiva de [DESCRIBIR CONDICIÓN, ej. aprobación de préstamo bancario, obtención de licencia, etc.] dentro del plazo de [PLAZO]. De no cumplirse, el contrato quedará sin efecto y se devolverán los pagos recibidos sin penalidad.
En fe de lo cual, leído el presente contrato a los comparecientes, lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el día [FECHA EN LETRAS]. Este documento servirá de minuta para la escritura pública correspondiente.
FIRMAS
_______________________________ [NOMBRE COMPLETO DEL VENDEDOR] DPI: [NÚMERO] EL VENDEDOR
_______________________________ [NOMBRE COMPLETO DEL COMPRADOR] DPI: [NÚMERO] EL COMPRADOR
_______________________________ [NOMBRE DEL NOTARIO] Notario Autorizante Colegiado No. [NÚMERO]
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base legal: Arts. 1790 al 1850 del Código Civil (Decreto Ley 106) y Art. 1576 que exige escritura pública para la compraventa de inmuebles.
• FORMA SOLEMNE: La compraventa de inmuebles DEBE constar en escritura pública autorizada por notario, conforme al Art. 1576 CC. Sin ella no surte efectos frente a terceros.
• INSCRIPCIÓN REGISTRAL: Para que la compraventa surta efectos frente a terceros, debe inscribirse en el Registro General de la Propiedad (RGP) — Arts. 1124 a 1141 CC.
• IVA: La primera venta o permuta de inmuebles realizada por contribuyentes registrados está gravada con IVA del 12% (Decreto 27-92, Art. 3).
• TIMBRES FISCALES: Cuando no aplica IVA, la compraventa de inmuebles paga timbres fiscales del 3% sobre el valor mayor entre el precio o el valor catastral (Decreto 37-92).
• IUSI: Verificar pago del Impuesto Único Sobre Inmuebles al día (Decreto 15-98). El vendedor responde por adeudos anteriores; el comprador desde la inscripción.
• El notario autorizante debe estar colegiado activo, contar con Código Único Notarial vigente y registrar la escritura en el Archivo General de Protocolos.
• Si el vendedor es casado(a) bajo régimen de comunidad de bienes, requiere consentimiento del cónyuge (Art. 131 Código Civil).
• Boleto de ornato del año en curso obligatorio para ambas partes (Decreto 121-96).
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ DPI vigente de EL VENDEDOR y EL COMPRADOR (y cónyuges si corresponde)
☐ NIT de ambas partes
☐ Certificación reciente del Registro General de la Propiedad (no mayor a 30 días)
☐ Certificación catastral o plano del inmueble debidamente registrado
☐ Solvencia municipal del IUSI al día
☐ Recibos de servicios públicos al día (agua, energía eléctrica)
☐ Boleto de ornato vigente de ambas partes
☐ Si vendedor es casado en comunidad de bienes: consentimiento del cónyuge
☐ Certificación de no adeudos municipales del inmueble
☐ Avalúo fiscal o tasación profesional actualizada
☐ Si el vendedor es persona jurídica: acta del órgano de administración autorizando la venta
☐ Constancia de exención de IVA o factura electrónica si aplica
☐ Cheque de caja o comprobante de transferencia bancarizada del precio
☐ Honorarios notariales y timbres fiscales correspondientes
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.