COMPARECIENTES
ANTE MÍ, [NOMBRE DEL NOTARIO], Notario, comparece(n) [DATOS COMPLETOS DEL COMPARECIENTE / OTORGANTE], identificado(s) con DPI [#], a quien(es) doy fe de conocer. EL REQUIRENTE solicita protocolización del documento que se describe.
CONSIDERANDOS
I. Se requiere incorporar al protocolo notarial un documento privado o público para darle fecha cierta y resguardo.
CLÁUSULAS
PRIMERA: OBJETO
EL REQUIRENTE solicita la PROTOCOLIZACIÓN del documento titulado '[TÍTULO DEL DOCUMENTO]', de fecha [FECHA], constante de [#] hojas, suscrito por [PARTES].
SEGUNDA: DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO
El documento original es: (a) privado / público; (b) escrito en [IDIOMA]; (c) con [#] páginas; (d) firmado por [PARTES]; (e) con sellos o estampillas [DETALLE]. Se transcribe íntegramente a continuación / se anexa como parte integrante.
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⬇ Descargar .docxTERCERA: AUTENTICIDAD
El requirente declara la autenticidad del documento y se hace responsable de su contenido.
CUARTA: INCORPORACIÓN AL PROTOCOLO
El notario incorpora el documento al protocolo notarial bajo el número [#], asignándole fecha cierta de [FECHA DE PROTOCOLIZACIÓN].
QUINTA: EFECTOS
La protocolización: (a) confiere fecha cierta al documento; (b) garantiza su resguardo; (c) permite expedir testimonios y copias certificadas; (d) NO valida el contenido del documento si éste fuere inválido por su naturaleza.
SEXTA: CONFIDENCIALIDAD
Las partes se obligan a mantener estricta confidencialidad sobre toda información relacionada con la otra parte, sus operaciones, clientes, precios y términos económicos del presente contrato, durante su vigencia y por [DOS / TRES / CINCO] años posteriores a su terminación. Esta obligación no aplica a información de dominio público o requerida por autoridad competente.
SÉPTIMA: CESIÓN
Ninguna de las partes podrá ceder, transferir o de cualquier modo enajenar los derechos y obligaciones del presente contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la otra.
OCTAVA: MODIFICACIONES
Toda modificación al presente contrato deberá constar por escrito y ser firmada por ambas partes para su validez. Ninguna estipulación verbal vinculará a las partes.
NOVENA: NOTIFICACIONES
Las partes señalan como lugares para recibir notificaciones los consignados en el preámbulo de este contrato. Cualquier cambio deberá comunicarse por escrito con al menos diez (10) días de anticipación; en su defecto, las notificaciones se tendrán por bien hechas en el último lugar señalado.
DÉCIMA: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier controversia, diferencia o reclamación derivada del presente contrato o relacionada con su interpretación, ejecución, terminación o cumplimiento, será resuelta definitivamente mediante arbitraje de derecho administrado por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Guatemala (CRECIG), conforme a su reglamento vigente. El tribunal arbitral estará integrado por [UNO/TRES] árbitros, la sede será [CIUDAD DE GUATEMALA] y el idioma del arbitraje será el español. El laudo será definitivo y vinculante para las partes.
DÉCIMA PRIMERA: LEGISLACIÓN APLICABLE
El presente contrato se rige por las leyes de la República de Guatemala y se interpretará conforme a las mismas.
DÉCIMA SEGUNDA: ACEPTACIÓN
Las partes manifiestan que han leído íntegramente el presente contrato, comprenden su contenido, alcances y efectos legales, y lo aceptan en todas sus partes obligándose a su fiel y oportuno cumplimiento.
CLÁUSULAS OPCIONALES (incluir según el caso)
[OPCIONAL] PROTOCOLIZACIÓN DE PODER EXTRANJERO
Protocolización con apostilla y traducción jurada para validez en Guatemala.
En fe de lo anterior, las partes leen el presente contrato, lo encuentran conforme y lo aceptan, ratifican y firman en [LUGAR], el [DÍA EN LETRAS] de [MES] del año [AÑO EN LETRAS].
FIRMAS
_________________________________ REQUIRENTE
_________________________________ NOTARIO
NOTAS LEGALES (Guatemala)
• Base legal: Código de Notariado.
• Útil para: contratos privados, documentos extranjeros (apostillados), cartas, constancias, fotografías, planos.
• DOCUMENTO APOSTILLADO: protocolización + traducción jurada para uso en Guatemala.
• Confiere fecha cierta, indispensable para validez frente a terceros.
• Permite expedir testimonios y copias certificadas.
• No valida el contenido del documento original si tiene defectos de fondo.
GLOSARIO DE CAMPOS A RELLENAR
CHECKLIST DE REQUISITOS Y DOCUMENTOS
☐ Documento original
☐ Apostilla si es extranjero
☐ Traducción jurada
☐ Pago de timbres y aranceles
— Plantilla generada para uso profesional. Adaptar a cada caso específico y validar con asesor legal. —
Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.