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Contrato de Reporto

Conforme al Código de Comercio de Guatemala (Decreto 2-70, Arts. 744-749)

12 cláusulas · ~853 palabras · Campos [PARA RELLENAR] · Word editable incluido

COMPARECIENTES

POR UNA PARTE: [NOMBRE_REPORTADOR], institución [bancaria/financiera/casa de bolsa] autorizada en Guatemala, con domicilio en [DIRECCION_A], inscrita en el Registro Mercantil al Número [REG_A], NIT [NIT_A], representada por [REPRESENTANTE_A] en calidad de [CARGO_A], en lo sucesivo el "REPORTADOR".

POR LA OTRA PARTE: [NOMBRE_REPORTADO], [comerciante/sociedad mercantil], con domicilio en [DIRECCION_B], DPI/Patente [DOC_B], NIT [NIT_B], representado por [REPRESENTANTE_B], en lo sucesivo el "REPORTADO".

CONSIDERANDOS

I. Que el REPORTADO es titular legítimo de los títulos de crédito descritos en el objeto del contrato.

II. Que el REPORTADO requiere liquidez temporal y el REPORTADOR está dispuesto a adquirir los títulos por una suma de dinero, comprometiéndose a transferirle al vencimiento del plazo otros tantos títulos de la misma especie contra el reembolso del precio más el premio pactado.

III. Que las partes celebran este contrato de reporto conforme a los Arts. 744-749 del Código de Comercio.

CLÁUSULAS

PRIMERA: OBJETO

El REPORTADO transfiere en propiedad al REPORTADOR los títulos de crédito descritos en el Anexo A ("Títulos") por el precio de [PRECIO] Quetzales. El REPORTADOR se obliga a retransferir al REPORTADO al vencimiento del plazo otros tantos títulos de la misma especie contra el reembolso del mismo precio más el premio pactado.

SEGUNDA: PRECIO Y PREMIO

El precio de la operación es de [PRECIO] Quetzales. El premio a favor del REPORTADOR es de [PREMIO] Quetzales, equivalente a una tasa de [TASA]% anual sobre el precio, calculado por los días efectivos del plazo.

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Este modelo es material de referencia general y no constituye asesoría legal. Para actos que requieren escritura pública o asesoría específica, consulta a un abogado y notario colegiado activo en Guatemala.